Dos profesionales de Higiene y Seguridad de Estudio TREO revisan los cargadores de autos eléctricos de una cochera

Reforma 2025

¿Qué cambió en el Sistema de Autoprotección en 2025?

La Ley 5920 sigue siendo la norma de fondo, pero desde enero de 2025 no se aplica igual que antes. Una ley la modificó, una disposición de Defensa Civil la puso en marcha, y entre las dos cambiaron plazos, grupos y usos alcanzados.

¿Qué norma cambió?

Una ley, una disposición y una renumeración

La referencia completa hoy es la Ley 5920, con las reformas de las Leyes 6616 y 6779, su Decreto reglamentario 51/2018 y la Disposición 331/2025 de la Dirección General de Defensa Civil.

Ley 6779 01

  • Publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad el 10 de enero de 2025.
  • Fijó en la ley la validez de dos años y la renovación por declaración jurada.
  • Ordenó que el sistema se haga después de registrar el Plano Conforme a Obra.

Disposición 331/2025 02

  • De Defensa Civil, publicada el 27 de enero de 2025.
  • Definió los tres grupos, los formularios, la vigencia anual y la reválida.
  • Derogó las disposiciones anteriores, entre ellas la 356/2023.

Artículos renumerados 03

  • El Digesto de la Ciudad renumeró la Ley 5920.
  • El contenido mínimo pasó al art. 5 (antes 4) y el Registro al art. 6 (antes 5).
  • Los 500 m² quedaron en el art. 3 (antes 2 bis).

Plazos

Los plazos que hay que tener anotados

El Informe de cada simulacro se presenta dentro de los cinco días hábiles de realizado. La vigencia anual, dentro de los diez días hábiles anteriores a que se cumpla el primer año. Y la reválida por trámite abreviado, dentro de los diez días hábiles anteriores al vencimiento.

Si hay que cambiar la fecha de un simulacro ya informado, se avisa con setenta y dos horas hábiles de anticipación, y se puede hacer como máximo dos veces por año.

La consecuencia

Llegar tarde tiene costo

Un Informe de simulacro fuera de plazo, un simulacro sin el profesional o una fecha cambiada sin aviso pueden hacer revocar la disposición aprobatoria. Y una vigencia o una reválida fuera de término obligan a empezar de nuevo, con un sistema completo.

Por eso armamos el cronograma de los dos años desde el primer día, y te avisamos antes de cada vencimiento.

Usos alcanzados

Cargadores eléctricos, baterías de litio y subsuelos

La Disposición 331/2025 incorporó como riesgo propio las estaciones de carga de vehículos eléctricos y el acopio de baterías de litio: en comercios, por ejemplo, más de 50 kg de baterías o tener cargadores lleva el establecimiento al grupo de complejidad alta. Y Defensa Civil aclaró que la actividad en el subsuelo no puede considerarse del Grupo 1.

Para un edificio con cochera que sumó cargadores, o para un local que trabaja bajo nivel, esto significa que el sistema que se presentó hace dos años puede haber quedado corto.

Si vence este año

¿Qué hacer si tu sistema vence este año?

1Fecha

Contá diez días hábiles para atrás

Desde la fecha exacta de vencimiento de la disposición aprobatoria. Esa es la ventana real para la reválida abreviada.

2Cambios

Revisá si algo cambió

Una obra, otro rubro, más superficie, más gente o alguno de los usos nuevos. Si cambió algo, no hay reválida: va sistema nuevo.

3Rubro

Fijate si tu actividad la admite

Escuelas, geriátricos, clínicas, espectáculos, industrias y los demás usos que la ley enumera presentan sistema nuevo siempre.

4Firma

Con un profesional inscripto

La reválida la firman el titular y el profesional, con un nuevo cronograma de dos simulacros y la planilla de capacitación.

¿Tu sistema vence pronto?

Mandanos la fecha de vencimiento y el rubro. Te decimos si llegás a la reválida abreviada o si va sistema nuevo, y te pasamos el presupuesto en el día.